RECLAMACIÓN CÁRTEL DE CAMIONES: HASTA EL 5 DE ABRIL DE 2018

DCIM113GOPROLOS FABRICANTES PACTARON UN SOBRECOSTE SOBRE LOS CAMIONES VENDIDOS ENTRE ENERO DE 1997 Y ENERO DE 2011. PUEDE ESTAR AFECTADO Y RECLAMAR EL SOBRECOSTE EN LA ADQUISICIÓN DE CAMIONES DURANTE ESE PERÍODO

Tanto los autónomos como las empresa transportistas  que compraron camiones con un peso de entre 6 y 16 toneladas  y camiones de más de 16 toneladas, tanto camiones rígidos como cabezas tractoras de las marcas DAIMLER (MERCEDES)VOLVO/RENAULT, IVECOMAN y DAF, entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero de 2011 (20 de septiembre de 2010 para los camiones MAN), fueron víctimas de un cártel, llegando a pagar un sobreprecio de entre un 10% y un 20% que tienen derecho a que se les reintegre, más los correspondientes intereses, por los daños y perjuicios sufridos fruto de las prácticas colusorias declaradas probadas por la Comisión Europea. Asimismo, la Comisión Antimonopolio en septiembre de 2017 sancionó a SCANIA por participar en el cártel de camiones, sumándose así al resto de fabricantes implicados, no obstante, ha recurrido la decisión de la Comisión Europea ante el Tribunal General de la Unión Europea rechazando las conclusiones y declaraciones hechas en la citada decisión, por lo que está pendiente de resolución.

La noticia de la existencia del cártel y de la imposición de la multa se hizo pública mediante nota de prensa el 19 de julio de 2016, sin informar acerca de los tipos de camiones afectados, las precisas empresas participantes (sí reveló las marcas), el concreto perjuicio sufrido y el período exacto de duración del cártel. Sin embargo, la sanción no se publicó oficialmente en el Diario Oficial de la Unión Europea hasta el 6 de abril de 2017, fecha en la que se conocen todos los datos necesarios para poder presentar la reclamación. Por tanto, conforme al plazo de un año que el ordenamiento jurídico español concede, hasta el 5 de abril de 2018 los afectados por el cártel pueden reclamar a sus proveedores de camiones lo indebidamente pagado e interrumpir la prescripción de las acciones.

Recomendamos reclamar los daños y perjuicios ocasionados por las prácticas anticompetitivas individualmente al ser un procedimiento más rápido, específico y con mayor garantía de éxito al incorporar informes periciales particulares.

Los informes periciales económicos resultan imprescindibles para justificar la cuantía de la indemnización. Dicho informe se ha de centrar en el sobrecoste del vehículo y en el perjuicio por la no implantación de tecnología de emisiones exigida por las normas EURO 3 a 6, analizando el precio que debió haberse pagado en un escenario de libre competencia y determinando el perjuicio efectivamente sufrido por cada afectado.

Desde el Despacho Santiago 3 Abogados, nos ponemos a disposición de todos aquellos perjudicados que estén o crean estar afectados por el cártel europeo de camiones, ofreciéndoles asesoramiento PERSONAL, ESPECIALIZADO y PROFESIONAL, mediante el estudio de la viabilidad de su posible reclamación.

Si se considera afectado por el cártel de camiones, no dude en ponerse en contacto con nosotros para CONCERTAR CITA PREVIA llamando al teléfono 983 073 915, o si lo prefiere, dejando su mensaje aquí, donde será asesorado por uno de nuestros expertos en la materia de forma personalizada.

Fuente: Santiago 3 Abogados

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